1. El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por medios electrónicos, en adelante e-SEIA, es un sistema diseñado y construido para la tramitación de Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y Estudios de Impacto Ambiental (EIA), su acceso y uso se rigen por la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, establecido mediante DS Nº 30/97, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue establecido por el artículo 2º del DS Nº 95/01, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; la Ley Nº 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma; Reglamento de la Ley Nº 19.799, DS Nº 181/02, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; demás normas aplicables, y por los siguiente Términos y Condiciones específicos para el uso de este sistema, antecedentes todos que el/la usuario/a declara conocer y aceptar íntegramente.
2. La información contenida en el sistema es de exclusiva responsabilidad de quien la genera y la información disponible no exime a el/la usuario/a del cumplimiento de la normativa existente ni de completar correctamente la información requerida para la evaluación de su proyecto o actividad.
3. El procedimiento de evaluación electrónica será el que establece la Ley Nº 19.300 y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo cumplirse íntegramente las etapas y requisitos que allí se establecen. En armonía con lo anterior deberán cumplirse estrictamente las disposiciones legales y reglamentarias sobre documentos y firma electrónica, no recayendo en e-SEIA ni en Servicio de Evaluación Ambiental la responsabilidad de las acciones ejecutadas incluso mediante las funcionalidades que provee el sistema.
4. La forma de comunicación entre el/la usuario/a y el sistema es definido por el mismo/a usuario/a, no existiendo ningún tipo de discriminación por ese efecto. La participación de los/as usuarios/as en el SEIA puede realizarse de manera tradicional con soporte papel o mediante presentación electrónica, para lo cual es necesario el uso de un certificado digital otorgado por una entidad acreditada. (ver http://www.entidadacreditadora.cl/ para mayores detalles).
5. El Titular de cada proyecto, al presentar su proyecto por el e-SEIA, se compromete a utilizar archivos digitales que, de acuerdo al Artículo 51 del Reglamento DS Nº 181/02, se ajustan a los solicitado por el Servicio de Evaluación Ambiental en el módulo correspondiente, denominado "módulo de administración de archivos digitales". En caso contrario, se entenderá por no presentado.
6. El sistema no se hace responsable por pérdidas en la conexión debido a razones que estén fuera de su manejo. En caso que exista imposibilidad técnica, imputable o no a un/a participante en la evaluación, para enviar, firmar o acompañar documentos por el titular o por servicios que participan en la evaluación ambiental, existiendo un plazo para el cumplimiento de esa obligación, deberá quien tiene la obligación asegurarse de su recepción por medios físicos en las oficinas correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que la presentación haya sido firmada mediante firma electrónica avanzada y el titular no haya solicitado expresamente que no se utilicen técnicas y medios electrónicos en todas las actuaciones del procedimiento que le afecten, si por fallas del medio electrónico no puedan ejecutarse o acreditarse oportunamente actuaciones dentro del procedimiento por parte del titular, el Servicio de Evaluación Ambiental adoptará las medidas necesarias para solucionar prontamente dichas fallas sin perjuicio para el titular.
7. La información electrónica que haya sido firmada con firma electrónica avanzada tiene carácter oficial y representa el documento original, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.799.
8. Los expedientes electrónicos podrán contemplar documentación complementaria en papel que sea parte de él, la cual se mantendrá en las respectivas Direcciones Regionales de Evaluación Ambiental.
9. Asimismo, en cada Direcciones Regionales de Evaluación Ambiental, en caso de proyectos regionales, y Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, en caso de proyectos interregionales, se contará con equipos computacionales disponibles para la búsqueda de expedientes electrónicos, cumpliendo el requisito de publicidad de dichos expedientes, según lo establecido en la Ley.
10. La información dispuesta en el sistema es de exclusiva propiedad del Servicio de Evaluación Ambiental y del titular del proyecto, no pudiendo ser utilizada para otros efectos sin la autorización expresa del Servicio de Evaluación Ambiental. En consecuencia, queda prohibido ceder, comercializar, recircular, retransmitir o distribuir en cualquier forma, a cualquier título y por cualquier medio toda o parte de dicha información.
11. El Sistema e-SEIA es gratuito. Sin perjuicio de lo anterior, la obtención de certificados digitales o la creación de las Declaraciones de Impacto Ambiental y Estudios de Impacto Ambiental, así como las diversas labores de consultoría que se requieran, se sujetarán a las normas que regulan estas actividades, siendo responsabilidad de cada usuario/a.
12. El e-SEIA, en su carácter de sistema computacional, no se hace responsable por errores, omisiones o caídas temporales del Sistema provocados por cualquier causa, propios o de terceros ni por cualquier inexactitud, error u omisión de la información distribuida a través del Sistema de Información ni de la oportunidad y contenidos de los correos electrónicos que éste Sistema genere. Lo anterior, sin perjuicio de lo indicado en el artículo 14 bis de la Ley Nº 19.300.
13. El Servicio de Evaluación Ambiental se reserva el derecho a cambiar estos términos y condiciones de la información sin previo aviso ni expresión de causa.