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Comité de Ministros resuelve recurso de reclamación de Endesa por Punta Alcalde

-En la ocasión la instancia acogió parcialmente el recurso de reclamación del titular en contra del rechazo del proyecto por parte de la Comisión de Evaluación Regional, con lo que se condicionó su aprobación a nuevas exigencias para asegurar la reducción de emisiones en todo el Valle de Huasco.
-Entre las medidas, además de tener que cumplir con la nueva norma de emisión para termoeléctricas, se le exigirá al titular reducir adicionalmente un 10% de las emisiones al aire, incorporar mejoras tecnológicas y sistemas de control, además de incorporar un precipitador electrostático en la chimenea de CAP, para que dicha compañía reduzca también sus emisiones en el Valle de Huasco.

El Comité de Ministros, presidido por el Subsecretario del Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal, e integrado en la ocasión por los Ministros de Salud, Economía, Agricultura, Minería y Energía, conoció y resolvió el recurso de reclamación del titular Endesa, correspondiente al proyecto Punta Alcalde, que solicitaba la revocación de la Resolución recurrida por la Comisión de Evaluación Ambiental, señalando que el proyecto cumpliría con la normativa ambiental vigente y con los requisitos de los permisos ambientales sectoriales.

El recurso aludido señalaba que el proyecto contemplaría uso de tecnología de punta en la industria de generación termoeléctrica a carbón, en algunos aspectos incluso inéditas (canchas de acopio de carbón con domos cobertores) y cumpliría la norma de emisión para centrales termoeléctricas y a los requerimientos formulados por la autoridad a lo largo del proceso de evaluación ambiental.

En el documento la compañía se comprometía además a emitir un máximo de 27 mg/Nm3 de material particulado en cada unidad generadora (10% bajo la norma de centrales termoeléctricas) y a incorporar varios sistemas de control (filtro de mangas, desulfurizador húmedo con piedra caliza, quemadores de bajo NOx, sistema de reducción catalítica selectiva, sistema de estratificación de aire en combustión, domos para el almacenamiento de carbón, entre otras).

El Comité resolvió acoger parcialmente la reclamación, con lo que se modificó la Resolución de Calificación Ambiental desfavorable, elevándole al titular las exigencias en los límites de emisión al aire establecidos, de manera de resguardar la calidad de vida de los habitantes del Valle de Huasco. Por ello le exigió incorporar un precipitador electrostático en la chimenea de CAP, para que dicha compañía reduzca también considerablemente sus emisiones de material particulado en el Valle de Huasco. Además, el titular deberá cumplir con la nueva norma de emisión para termoeléctricas, reduciendo adicionalmente un 10% de las emisiones al aire; incorporar mejoras tecnológicas y sistemas de control como domos para el manejo de cenizas, filtro de mangas, quemadores de bajo Monóxido de Nitrógeno (NOx), entre otras.

Se requerirá la instalación y operación del precipitador previo a la puesta en operación comercial de la primera unidad de la central Punta Alcalde.

Al respecto el subsecretario del Medio Ambiente, Ricardo Irarrázabal, señaló que “este Comité de Ministros ha acogido parcialmente las reclamaciones del titular, condicionando la aprobación del proyecto a medidas más exigentes para la reducción de emisiones. Nos preocupa que las personas tengan una buena calidad de vida y, para ello, es fundamental monitorear y cuidar la calidad de nuestro aire, permitiendo una sana convivencia entre las personas y las empresas. Por eso hemos establecido medidas más exigentes”

Por su parte, el Director Nacional del Servicio de Evaluación Ambiental y Secretario Ejecutivo del Comité de Ministros, Ignacio Toro, señaló que “las medidas que exige el Comité de Ministros al titular traerán como resultado una mejora en la calidad del aire del Valle de Huasco, pues se reducirán las emisiones totales. Punta Alcalde entrará operando con tecnología de punta y sistemas de control de SO2, MP 10 y NoX, cumpliendo la norma de termoeléctricas y reduciendo sobre un 10% de emisiones de lo exigido ya por ella; Guacolda se ajustará también a la nueva norma (de termoeléctricas) y CAP incorporará en su chimenea un precipitador electroestático para reducir sus emisiones actuales”

Respecto a la inquietud sobre la condición de latencia del Valle de Huasco, el director del SEA indicó que “con estas mejoras tecnológicas en las industrias existentes y en las nuevas industrias no debiese superarse la condición de latencia, es más, incluso ésta podría ser abandonada”.

Precipitador electroestático:

Es un equipo de abatimiento de material particulado que se utiliza para atrapar partículas mediante su ionización, atrayéndolas por una carga electrostática inducida. Los precipitadores electrostáticos son dispositivos de filtración altamente eficientes, que impiden el flujo de los gases y pueden eliminar fácilmente finas partículas como polvo y humo de la corriente de aire.