Comité de Ministros
De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el Comité de Ministros está integrado por el Ministro del Medio Ambiente, que lo preside, y los Ministros de Salud; de Economía, Fomento y Turismo; de Agricultura; de Energía y de Minería.
Su función es conocer y resolver los recursos de reclamación que se presenten en contra de las resoluciones que rechacen o establezcan condiciones o exigencias a un Estudio de Impacto Ambiental, en conformidad al artículo 20 de la Ley N° 19.300; las reclamaciones en contra de las resoluciones que realicen la revisión de una Resolución de Calificación Ambiental, de acuerdo al artículo 25 quinquies de la Ley N° 19.300; así como los recursos de reclamación presentados por las personas que hubieren formulado observaciones al Estudio de Impacto Ambiental y que estimaren que sus observaciones no han sido consideradas, en conformidad al artículo 29 de la Ley N° 19.300.
A través de este portal se informará acerca de las tablas del Comité de Ministros y el Estatuto que rige el actuar de dicha instancia.
Tabla Comité:
Mediante la presente y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, tengo el agrado de convocar a usted a la séptima sesión ordinaria del Comité de Ministros del año 2020, a realizarse el jueves 26 de noviembre de 2020, a las 8:30 horas, por videoconferencia, conforme al artículo 7 del Estatuto del Comité de Ministros.
La tabla del Comité considera los siguientes proyectos:
Nombre del Proyecto | Titular | Región | Recursos |
Segunda Línea Oleoducto M-AAMB | Sociedad Nacional de Oleoductos S.A. (SONACOL) | Metropolitana | PAC (1) |
Planta de Producción de Sales de Potasio, SLM NX Uno de Peine | Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine S.A. | Región de Antofagasta | Titular (1) |
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