1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
| I. Nombre del Proyecto |
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“Cierre Operacional Pozo Lastrero de Áridos Columo, Comuna de La Unión, Región de Los Ríos” |
| II. Descripción del Proyecto |
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El presente Proyecto consiste en el cierre del pozo de extracción de áridos denominado Pozo Columo, ubicado en la comuna de La Unión región de Los Ríos, en predio en el cual las actividades de extracción se iniciaron desde los años 90 por el antiguo propietario del predio, cuyo material pétreo extraído fue donado para la construcción de la carretera T-759 La Unión – Puerto Nuevo. Posteriormente, el terreno fue adquirido por el Titular Inversiones, Constructora y Gestión Inmobiliaria Río Bueno SpA. durante el año 2017, en donde se intentó regularizar lo ya extraído en 6,1 ha aproximadamente ya intervenidas por el dueño anterior y aumentar en 7,5 ha adicionales, alcanzando un total de 13,6 ha afectas para poder realizar proyecto que contemplaba la extracción, transporte y procesamiento del material árido. Esto mediante la Declaración de Impacto Ambiental denominada “Regularización Pozo Columo, Extracción y Procesamiento de Áridos”, en donde se ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental tres veces, entre los años 2021 y 2023, sin obtener resultados. En el último ingreso realizado el 8 de agosto del año 2023 no pudo continuar en evaluación, ya que se levantaron diversas observaciones por los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA), que daban cuenta de diferencias entre lo ingresado a tramitación y lo actualmente presente en el predio referido al porcentaje de área intervenida en la extracción de áridos. En el año 2022 la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) formula cargos al titular mediante RES. EX. N°1/ROL D-263-2022 (revisar Anexo 1-01b de la DIA), derivados de denuncias de vecinos y fiscalización de la SMA, en donde se abre procedimiento sancionatorio por ejecución de un proyecto de extracción de áridos en pozo, de dimensiones industriales, sin contar con una RCA e incumplimiento a los límites establecidos en la norma de emisión de ruidos. Luego de presentar un Plan de Cumplimiento, y dar respuesta a las observaciones realizadas a este, con fecha 18 de noviembre de 2024 mediante RES. EX. N°6/ROL D-263-2022 (revisar Anexo 1-01a de la DIA) se aprueba el Plan de Cumplimiento y se suspende el procedimiento administrativo sancionatorio en contra del titular. Dentro de las metas y acciones comprometidas en el Plan de Cumplimiento aprobado (revisar Anexo 1-01c de la DIA), se encuentra la acción N°3 “Ingreso y obtención de RCA favorable de proyecto de evaluación de cierre definitivo de la unidad fiscalizable y abandono de las instalaciones, procurando mejorar condiciones de seguridad, paisaje y emisiones residuales”, a la cual está asociado el presente proyecto. Hay que destacar que las labores de extracción, transporte y procesamiento de áridos en el predio están suspendidas desde el 30 de agosto del año 2023. La descripción del proyecto completa se puede revisar en el siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_1.pdf
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| III. Tipología del proyecto o actividad |
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El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) conforme a lo que establece el Artículo 10° letra i) de la Ley N° 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el D.S N°40/2013 MMA (Modificado por D.S N°30/2024), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que establece lo siguiente, para el literal:
i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.
i.5. Se entenderá que los proyectos o actividades de extracción de áridos o greda son de dimensiones industriales cuando:
i.5.1. Tratándose de extracciones en pozos o canteras, la extracción de áridos y/o greda sea igual o superior a diez mil metros cúbicos mensuales (10.000 m³/mes), o a cien mil metros cúbicos (100.000 m³) totales de material removido durante la vida útil del proyecto o actividad, o abarca una superficie total igual o mayor a cinco hectáreas (5 ha);
Si bien el proyecto actualmente en evaluación no consiste en la extracción de material árido, en el predio se han realizado anteriormente labores de este tipo afectando a una superficie de aproximadamente 7 ha, por lo tanto, se ingresa el proyecto que contempla el cierre del pozo de extracción siendo la última fase de la operación del cierre por este literal.
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| IV. Vida útil del proyecto o actividad |
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El proyecto solo considera fase de construcción y cierre, en total 29 meses divididos de la siguiente manera: · Fase de Construcción: 3 meses · Fase de Cierre: 27 meses
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2. REPRESENTACIÓN CARTOGRÁFICA EN DATUM WGS84
| I. Localización del proyecto | ||||||
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El proyecto se encuentra ubicado al interior del predio de propiedad de la empresa conocido como “Fundo Columo” y el cual se encuentra ubicado a la altura del kilómetro 20 de la Ruta T - 759, medidos desde el cruce que esta vía realiza por un paso a sobre nivel a la Ruta 5 – Sur, a la altura del kilómetro 965, Comuna de La Unión, Provincia de Ranco, Región de Los Ríos.
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| II. Plano en formato KMZ del proyecto | ||||||
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3. CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROYECTOS O ACTIVIDAD.
| I. Descripción de las partes y obras del proyecto |
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Partes y Obras Temporales: El proyecto no contempla partes ni obras temporales, todas se mantendrán permanentes hasta el término de la vida útil del proyecto.
Partes y Obras Permanentes: Para poder llevar a cabo las labores de cierre se utilizarán dependencias ya instaladas en el predio, como lo son un taller, la casa del cuidador y la bodega de leña utilizada por este. Adicionalmente se implementarán otras instalaciones como oficinas, baños y bodegas.
A continuación, se describen las dependencias a utilizar y sus características: · Taller: Dentro del taller se guardarán las maquinarias utilizadas en el proceso de cierre. · Bodega de Residuos No Peligrosos: se utilizará para almacenar los residuos no peligrosos generados por la limpieza del predio y la habilitación y/o retiro de la instalación de faena. · Camarín y Baños: El camarín estará habilitado con duchas, casilleros, baños y lavamanos para el uso de los trabajadores. · Recepción: se habilitará una zona mediante container que será utilizada como recepción y oficina administrativa, la cual incorporará un baño personal dentro de esta. · Comedor: Se habilitará igualmente un sector destinado a comedor, en donde los trabajadores podan calentar sus almuerzos, destacar que este no funcionara como cocina. · Bodega Residuos Domiciliarios: se utilizará para almacenar los residuos domiciliarios y asimilables generados. · Casa de Cuidador del Predio: La casa de cuidador está equipada con todos los servicios básicos necesarios (WC, lavamanos, ducha y lavaplatos), para poder albergar al cuidador del predio. · Bodega de Leña: destinada para el almacenamiento de leña utilizada por cuidador. A continuación, figura con la ubicación de cada una de las partes y obras:
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| II. Efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley n° 19.300 y de los artículos 5 al 10 del RSEIA, que genera el proyecto o actividad. |
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Riesgo para la salud de la población Los impactos ambientales identificados para el proyecto, correspondientes a exposición a material particulado y gases de combustión, generación de residuos sólidos, manejo de aguas servidas y molestias por ruido, no presentan la magnitud, extensión ni duración suficiente para generar un riesgo para la salud de la población. Lo anterior se sustenta en que las emisiones atmosféricas se mantienen bajo los límites establecidos en la normativa vigente, los niveles de ruido cumplen con lo dispuesto en el D.S. N°38/2011 del MMA, y los residuos sólidos y líquidos son manejados mediante sistemas autorizados que evitan su liberación al medio ambiente. Asimismo, los receptores humanos identificados corresponden a viviendas rurales dispersas, lo que limita la exposición potencial. En consecuencia, el proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, en los términos establecidos en el artículo 5 del Reglamento del SEIA.
Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables Los impactos ambientales identificados para el proyecto, correspondientes a alteración puntual del suelo, modificación de la morfología del terreno, alteración de cobertura vegetal, perturbación de fauna y potenciales efectos sobre la calidad de aguas subterráneas, no presentan la magnitud, extensión, duración ni reversibilidad suficiente para generar efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. Lo anterior se sustenta en que dichos impactos fueron previamente caracterizados como acotados, de carácter local, mayoritariamente temporales y controlados mediante medidas de manejo, sin implicar la afectación de recursos naturales escasos, únicos o representativos, ni la superación de normas ambientales vigentes. En consecuencia, el proyecto no genera ni presenta efectos adversos significativos en los términos establecidos en el artículo 6 del Reglamento del SEIA.
Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Los impactos ambientales identificados para el proyecto, correspondientes a exposición a gases y material particulado, molestias por ruido y vibraciones, exposición a residuos sólidos y líquidos domésticos, y alteraciones menores en la conectividad local, no presentan la magnitud, extensión ni duración suficiente para generar una alteración significativa en los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos presentes en el área de influencia. Lo anterior se sustenta en que dichos impactos han sido caracterizados como de baja magnitud, extensión local y carácter temporal, desarrollándose en un contexto territorial conformado por población rural dispersa, sin configuración de comunidades organizadas ni dependencia directa del área de intervención del proyecto. Asimismo, no se identifican restricciones al acceso a recursos naturales, bienes o servicios, ni afectaciones a la conectividad, tradiciones o prácticas culturales. En consecuencia, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas ni presenta alteraciones significativas de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en los términos establecidos en el artículo 7 del Reglamento del SEIA.
Localización y valor ambiental del territorio El proyecto no se localiza en proximidad ni presenta susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, recursos o áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares ni territorios con valor ambiental, considerando la extensión, magnitud y duración de sus obras, así como su emplazamiento en un área previamente intervenida.
Valor paisajístico o turístico El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico del área, considerando su emplazamiento en un entorno previamente intervenido y las acciones de cierre que contribuyen a la mejora de las condiciones visuales del paisaje.
Alteración del patrimonio cultural El proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico ni, en general, de elementos pertenecientes al patrimonio cultural, en los términos establecidos en el artículo 11 letra f) de la Ley N°19.300 y el artículo 10 del Reglamento del SEIA.
Detalles en el enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_2.pdf
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| III. Medidas sobre los impactos significativos del proyecto o actividad. |
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El proyecto no contempla impactos significativos. |
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IV. Eventuales situaciones de riesgo o contingencia que serán abordadas por un plan de prevención de contingencias y emergencias. |
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Las posibles situaciones de emergencia que podrían ocasionarse dada las características del proyecto durante la fase de construcción y cierre se enlistan a continuación: · Accidentes de Trabajo; · Derrame de Combustible; · Incendio Instalación de Faena; · Incendio Forestal; · Accidente de Tránsito; · Derrame de Aguas Servidas; · Sismo; · Golpes Eléctricos; · Accidente de Fauna Silvestre.
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| V. Lista de los permisos ambientales sectoriales que requiere el proyecto. |
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Los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto son los siguientes: · PAS 138 · PAS 140 · PAS 160
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| VI. Lista de los compromisos ambientales voluntarios. |
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A continuación, se presentan los compromisos ambientales voluntarios considerados · CAV Humectación de Caminos Internos · CAV Monitoreo de Restauración de Suelo y Vegetación · CAV Charla de inducción paleontológica · CAV Charla de inducción arqueológica
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4. CONTENIDOS DE DIA (enlaces)
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I. Determinación y justificación del área de influencia y Línea de Base del proyecto o actividad. |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_2.pdf
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| II. Predicción y Evaluación del Impacto Ambiental del Proyecto o Actividad |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_2.pdf
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| III. Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación |
| No Aplica |
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IV. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias asociados a eventuales situaciones de riesgo o contingencia. |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Anexo_1_05_Plan_de_Emergencia_y_Contingencia.pdf
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V. Antecedentes que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_2.pdf
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VI. Descripción pormenorizada de aquellos Efectos, Características o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_2.pdf
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VII. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable (Normas y listado de permisos sectoriales. |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_3.pdf
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VIII. Descripción de aquellos compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente, que el titular del proyecto o actividad contempla realizar. |
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https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/04/19/Capitulo_7.pdf
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IMÁGENES DE REFERENCIA
Situación Actual



Situación Proyectada



