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Modificación Sistema de Transmisión Parque Híbrido Amolanas

1.                       ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

I.     Nombre del Proyecto.

“Modificación Sistema de Transmisión Parque Híbrido Amolanas”.

II.   Descripción del Proyecto.

El Proyecto corresponde a una modificación del proyecto denominado “Parque Híbrido Amolanas”, aprobado mediante la RCA N° 20220400195/2022.

En dicho proyecto se consideraba la conexión al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante la ejecución de un Tap-Off desde la línea Punta Sierra – Las Palmas (ambas existentes). No obstante, la presente modificación redefine la solución de conexión eléctrica del parque, reemplazando dicha alternativa por la construcción de una Línea de Alta Tensión (LAT), a fin de permitir la evacuación de la energía generada hacia el SEN.

Por lo anterior, el presente Proyecto consiste en la construcción de una línea de transmisión con un nivel de tensión nominal de 220 kV, con una potencia máxima de 260 MVA. La longitud total del trazado de la Línea de Alta Tensión (LAT) será de aproximadamente 6,25 km, extendiéndose desde su conexión en el marco de línea de la Subestación Punta Sierra (existente), perteneciente al parque eólico del mismo nombre, hasta el punto de conexión proyectado en la Subestación Amolanas, correspondiente al proyecto “Parque Híbrido Amolanas”, actualmente no construido pero aprobado ambientalmente.

 

El Proyecto en evaluación implica:

§  Construcción de una Línea de Alta Tensión (LAT) de aproximadamente 6,25 km de longitud.

§  Implementación de un trazado con franja de servidumbre, que varía entre los 22m y los 46m de ancho.

§  Instalación de un total de 20 estructuras de alta tensión para el soporte de los conductores eléctricos.

§  Conexión eléctrica entre la Subestación Amolanas (proyectada) y la Subestación Punta Sierra (existente).

§  Habilitación de Huellas de servicio y acceso a las estructuras, conectados a la red de huellas existentes en el área.

§  Ejecución de obras asociadas a la transmisión de energía eléctrica, con un nivel de tensión nominal de 220 kV, con una potencia máxima de 260 MVA.

 

Cabe señalar que el Proyecto no contempla la habilitación de instalaciones de faenas (IIFF), dado que las actividades constructivas se apoyarán en las instalaciones temporales previamente consideradas en el proyecto “Parque Híbrido Amolanas” aprobado mediante RCA N° 20220400195/2022.

Para mayores antecedentes de la descripción de proyecto, visitar el siguiente enlace:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/f3f_PHC0035_Cap_1_DdP_rev0.pdf

III.  Tipología del proyecto o actividad.

La tipología principal corresponde a la descrita en el literal b) del artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en adelante RSEIA, correspondiente a:

“Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

Letra b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje a aquellas líneas que

conduzcan energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV) y cuyo trazado

presente una longitud superior a 2 kilómetros (2 km).”

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

 

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/f3f_PHC0035_Cap_1_DdP_rev0.pdf

IV.  Vida útil del proyecto o actividad.

El Proyecto contempla una vida útil de 28 años.

2.                      REPRESENTACIÓN CARTOGRÁFICA EN DATUM WGS84.

I.     Localización del proyecto.

El Proyecto se ubicará en la Región de Coquimbo, Provincia de Limarí, en la comuna de Ovalle.

El Proyecto considera dos accesos principales desde la Ruta 5, los cuales permiten la conectividad hacia el trazado de la Línea de Alta Tensión (LAT) mediante el uso de huellas existentes.

§  El primer acceso se localiza aproximadamente en el km 310 de la Ruta 5 Norte (lado poniente), y corresponde al acceso norte al futuro proyecto “Parque Híbrido Amolanas”, aprobado por la Dirección de Vialidad según ORD.: N°2752/25 con fecha 13 de enero de 2025.

§  El segundo acceso se localiza aproximadamente en el km 316 de la Ruta 5 Norte (lado poniente), y corresponde al acceso actual de la Subestación Existente Punta Sierra, como parte del proyecto Eólico Punta Sierra.

 

En conjunto, estos accesos permiten la conexión con la red de huellas existentes y nuevas, las cuales serán utilizadas para acceder a las distintas instalaciones asociadas a la LAT.

En la siguiente figura se visualiza la relación del Proyecto y su representación a escala regional, comunal y local.

 

 

Fuente: Figura 1 de la DIA “Localización área del Proyecto”.

 

II.   Plano en formato KMZ del proyecto.

Las partes y obras del Proyecto se pueden visualizar en Anexos N°1.6 y 1.7 del expediente de la DIA del proyecto que se puede visualizar en el siguiente enlace:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/1e1_Anexo_16_KMZ_del_Proyecto.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/Anexo_17_Planos_del_Proyecto.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Accesos_al_Proyecto.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Area_de_trabajo_Estructuras_de_la_LAT__Obra_Temporal_.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Canchas_de_Tensado__Obra_Temporal_.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Estructuras_de_la_Linea_de_Alta_Tension__LAT___Obra_Perm.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Franja_de_Seguridad__Obra_Permanente_.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Fundaciones_LAT__Obra_Permanente_.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Huella_de_Servicio__Obra_Permanente_.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/Huellas_de_Ingreso__Obra_Permanente_.zip

 

3.                      CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.

I.     Descripción de las partes y obras del proyecto.

Obras Temporales:

Para la construcción de la línea de alta tensión (LAT) se requiere de obras que tienen un carácter temporal, con una duración máxima equivalente a la fase de construcción, correspondiente a nueves (9) meses.

Conforme a lo anterior, el Proyecto considera el uso de las siguientes obras temporales:

§  Instalación de Faenas (IIFF N°1) de Parque Híbrido Amolanas (Aprobada ambientalmente mediante RCA N° 20220400195/2022)

§  Área para montaje de estructuras de la LAT y Frentes Móviles.

§  Canchas de Tensado.

 

Obras Permanentes:

 

Para la ejecución del Proyecto se consideran las siguientes obras e instalaciones que tendrán un carácter de permanentes:

§  Línea de Alta Tensión.

§  Estructuras.

§  Fundaciones.

§  Conjuntos de Aislación.

§  Cable Conductor.

§  Cable de Guardia.

§  Franja de Seguridad.

§  Huellas de Servicio y acceso al Proyecto.

 

Descripción Fase de Construcción:

La fase de construcción contempla las siguientes actividades:

§  Liberación de áreas de trabajo.

§  Habilitación de Instalación de faenas.

§  Habilitación de áreas de trabajo para montaje de estructuras de la LAT y frentes de trabajos móviles.

§  Habilitación de huellas de servicio y de acceso al proyecto.

§  Construcción de las fundaciones para las estructuras.

§  Montaje de las estructuras.

§  Canchas de Tensado.

§  Instalación de los conductores y cable de guardia de las estructuras.

§  Conexión y pruebas de energización.

 

Descripción Fase de Operación:

Se consideran las siguientes acciones durante la fase de operación:

§  Transmisión de energía eléctrica de la LAT.

§  Inspecciones de la LAT.

§  Mantenimiento de la franja de seguridad de la LAT.

§  Mantenimiento preventivo de la LAT.

§  Mantenimiento correctivo de la LAT.

§  Mantenimiento Huellas Internas y Huellas de Servicio.

§  Reparaciones de emergencia.

§  Flujos de vehículos.

 

Descripción Fase de Cierre:

Las acciones de la fase de cierre corresponden a las siguientes:

§  Desmantelamiento de la LAT Uso de Instalación de Faena de Parque Híbrido Amolanas.

§  Retiro de conductores y cable de guardia.

§  Desarme de estructuras.

§  Flujos de Transporte.

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/f3f_PHC0035_Cap_1_DdP_rev0.pdf

II.   Efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley N°19.300 y de los artículos 5 al 10 del RSEIA, que genera el proyecto o actividad.

El proyecto no genera o presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 y de los artículos 5 al 10 del RSEIA.

III.  Medidas sobre los impactos significativos del proyecto o actividad.

No aplica al proyecto.

IV.  Eventuales situaciones de riesgo o contingencia que serán abordadas por un plan de prevención de contingencias y emergencias.

A continuación, se presenta las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que serán abordadas por un plan de Prevención de Contingencias y Emergencias:

 

·      Sismos.

·      Condiciones meteorológicas adversas.

·      Incedio forestal.

·      Inundaciones y remoción en masa.

·      Accidentes vehiculares y/o trayecto.

·      Incendio en quipos e instalaciones.

·      Derrame y/o contacto con sustancias peligrosas.

·      Derrame de residuos peligrosos (RESPEL).

·      Manejo de residuos sólidos.

·      Caídas desde altura.

·      Atropello de fauna debido al tránsito vehicular.

·      Accidentes viales producto del transporte asociado al Proyecto.

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

 

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/30/PHC0035_Anexo_12_Plan_de_CyE_rev0.pdf

V.    Lista de los permisos ambientales sectoriales que requiere el proyecto.

El proyecto contempla los siguientes permisos ambientales sectoriales:

 

·      Permiso del artículo 132 del RSEIA: Permiso para para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico.

El Proyecto se localiza sobre una unidad geológica con potencial paleontológico alto (unidad fosilífera), denominada Formación El Quereo y una unidad de potencial paleontológico bajo a nulo (unidad estéril), por lo que se presentan los antecedentes paleontológicos junto a las medidas de conservación de los materiales a rescatar durante la fase de construcción, con el objetivo de realizar un correcto resguardo del patrimonio paleontológico presente en el sector.

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/30/Anexo_41_PAS_132.zip

 

·      Permiso del artículo 146 del RSEIA: El Proyecto requiere el permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, en el marco del SEIA, según el literal a) del Artículo 146.

 

En la fase de construcción del Proyecto se considera el rescate y relocalización de ejemplares de fauna pertenecientes a especies amenazadas y/o de baja movilidad con la finalidad de minimizar efectos sobre el componente fauna.

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/30/Anexo_42_PAS_146.zip

 

·      Permiso del artículo 151 del RSEIA: Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas.

El Proyecto contempla la intervención de formaciones xerofíticas por las obras y partes del Proyecto, afectando especies tales como Puya chilensis, Adesmia bedwellii, Eulychnia acida y Bahia ambrosioides, todas incluidas en la nómina de especies originarias del Decreto Supremo N°68/2009, del Ministerio de Agricultura.

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/7d9_Anexo_43_PAS_151.zip

·      Permiso del artículo 156 del RSEIA: Permiso para efectuar modificaciones de cauce.

El Proyecto contempla obras asociadas a la habilitación de huellas para acceder entre las torres E12 y E13 y entre las torres E14 y E15 que conforman la línea de trasmisión eléctrica.

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/7ba_Anexo_44_PAS_156.zip

 

VI.  Lista de los compromisos ambientales voluntarios.

El Proyecto contempla los siguientes compromisos ambientales voluntarios (CAV):

 

·      Perturbación controlada de fauna de baja movilidad.

·      Instalación de disuasores de vuelo para aves.

·      Plan de comunicación y coordinación con la comunidad local para tránsito al interior del Proyecto.

·      Revegetación de áreas de uso temporal.

·      Monitoreo paleontológico preventivo durante la fase de construcción.

·      Liberación Ambiental de Áreas de Trabajo para montaje de estructuras.

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/PHC0035_Cap_5_CAV_rev0.pdf

4.                      CONTENIDOS DE EIA/DIA.

I.     Determinación y justificación del área de influencia y Línea de Base del proyecto o actividad.

En el Capítulo 2 de la DIA, se presenta la determinación y justificación del área de influencia del Proyecto.

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/PHC0035_Cap_2_ECC_rev0.pdf

 

II.   Predicción y Evaluación del Impacto Ambiental del Proyecto o Actividad.

No aplica al Proyecto.

III.  Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación.

No aplica al Proyecto.

IV.  Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias asociados a eventuales situaciones de riesgo o contingencia.

En el Anexo N°1-2 de la DIA, se presenta el plan de contingencia y plan de emergencia del Proyecto.

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/30/PHC0035_Anexo_12_Plan_de_CyE_rev0.pdf

V.    Antecedentes que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En el Capítulo 2 de la DIA, se presentan los antecedentes que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300.

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/PHC0035_Cap_2_ECC_rev0.pdf

VI.  Descripción pormenorizada de aquellos Efectos, Características o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

No aplica al Proyecto.

VII. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable (Normas y listado de permisos sectoriales.

En el Capítulo 3 de la DIA, se presenta el plan de cumplimiento de la normativa ambiental aplicable del Proyecto.

 

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

 

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/07/01/PHC0035_Cap_3_Normativa_rev0.pdf

Asimismo, en el Capítulo 3 de la DIA, se listan los permisos ambientales sectoriales del proyecto, cuya presentación se adjunta en los Anexos N°3-1 al 3-15.

En los siguientes enlaces se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/30/Anexo_41_PAS_132.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/30/Anexo_42_PAS_146.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/7d9_Anexo_43_PAS_151.zip

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/7ba_Anexo_44_PAS_156.zip

VIII.  Descripción de aquellos compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente, que el Titular del proyecto o actividad contempla realizar.

En el Capítulo 5 de la DIA, se presentan los compromisos ambientales voluntarios del Proyecto.

En el siguiente enlace se presenta la información anteriormente descrita:

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/06/26/PHC0035_Cap_5_CAV_rev0.pdf

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