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SEA dispone nuevas medidas provisionales

En el contexto de pandemia y estado de catástrofe que se vive por el Covid-19 en nuestro país, el Servicio de Evaluación Ambiental ha resuelto la ampliación de las siguientes medidas provisionales:
 
I. Prorrogar la suspensión de los plazos, dispuestas en virtud de las Resoluciones Exentas Nº20209910194 y Nº202099101137, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental hasta el día 31 de mayo de 2020, inclusive, respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental asociados a los siguientes proyectos tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental:
 
• La tramitación de las Declaraciones y Estudios de Impacto Ambiental que se encuentren con un proceso de Participación Ciudadana actualmente en curso.
• La tramitación de las Declaraciones de Impacto Ambiental con carga ambiental en las que se decrete la realización de un proceso de Participación Ciudadana, de conformidad al artículo 94 del RSEIA.
• La tramitación de las Declaraciones y Estudios de Impacto Ambiental en los que se abra una nueva etapa de Participación Ciudadana de conformidad a los artículos 92 y 96 del RSEIA. 
• La tramitación de los Estudios de Impacto Ambiental que ingresen al SEIA durante el período indicado. Cabe hacer presente que, si bien se realizará su admisión a trámite, éstos se entenderán suspendidos desde esta misma fecha. Asimismo, las copias en papel necesarias para los requerimientos de Participación Ciudadana, a que se refiere el artículo 29 del RSEIA, deberán entregarse una vez se reactiven los plazos de evaluación.
• La tramitación de las Declaraciones y Estudios de Impacto Ambiental en los que deba realizarse reuniones con los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, de conformidad al artículo 86 del RSEIA.
 
 
II. Prorrogar el plazo de presentación de la Adenda, Adenda Complementaria y Excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental, en los siguientes términos: 
 
a) Para aquellos proyectos cuya fecha de presentación de Adenda se encontrare dentro del periodo comprendido entre el día 1 de mayo y hasta el 29 de junio de 2020, ambas fechas inclusive, se prorroga el plazo de presentación de la respectiva Adenda hasta el día 30 de junio del presente año, pudiendo en consecuencia el titular ingresar la Adenda correspondiente en cualquier momento durante todo este periodo hasta el día antes dicho.
b) En el caso de los proyectos que deban ingresar su Adenda en fecha posterior al 30 de junio de 2020, se mantiene el plazo de presentación de Adenda que haya sido establecido en cualquiera de estas tres circunstancias: 
  • En el correspondiente ICSARA; 
  • En resolución de extensión de plazo de los artículos 38, 41, 50 o 53 del Reglamento del SEIA; o, 
  • Se haya extendido en virtud de la Resolución Exenta N° 202099101160, de fecha 3 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.
Las medidas dispuestas cumplen con el objetivo de resguardar el debido proceso de evaluación de impacto ambiental, la adecuada evaluación y en definitiva, la calificación ambiental.
 
Para más información, consultar la resolución adjunta.
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