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Modificación de Proyecto: Planta de Gasificación Waste To Energy (WTE) y Valorización de Residuos

1.       ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

I.        Nombre del Proyecto

Modificación de Proyecto: Planta de Gasificación WTE y Valorización de Residuos

II.        Descripción del Proyecto

El proyecto corresponde a una modificación del centro de disposición de residuos “El Empalme”, de titularidad de REXIN SpA, y consiste, principalmente, en el aumento de la capacidad de la Planta de Gasificación Waste to Energy (WTE) y en la habilitación de una superficie destinada a la disposición de residuos no valorizables ni gasificables, incluyendo además residuos derivados del proceso de gasificación, tales como cenizas y escorias.

La modificación se emplazará en el mismo predio donde actualmente opera el sitio de disposición “El Empalme”, en la comuna de Maullín, Región de Los Lagos. La nueva área de disposición se ubicará en un sector previamente intervenido, correspondiente al área donde operó el proyecto de adecuación de lodos aprobado con anterioridad.

El objetivo del proyecto es mejorar y modernizar la gestión de residuos no peligrosos que ingresan a las instalaciones de REXIN, promoviendo su valorización, reduciendo la cantidad de residuos destinados a disposición final y fortaleciendo la gestión ambiental del recinto. En este contexto, el proyecto contempla el incremento de la capacidad de gasificación desde 1 ton/hora a 4 ton/hora, junto con la incorporación de infraestructura complementaria para el manejo, clasificación, valorización y disposición de residuos industriales no peligrosos.

III.        Tipología del proyecto o actividad

El proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental conforme a la tipología contemplada en el artículo 10 de la Ley N° 19.300 y en el artículo 3 del Reglamento del SEIA, correspondiendo, principalmente, a la siguiente tipología:

Artículo 3, literal o.8) del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente:
“Sistemas de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales sólidos con una capacidad igual o mayor a treinta toneladas día (30 t/día) de tratamiento o igual o superior a cincuenta toneladas (50 t) de disposición”.

Lo anterior, en atención a que la modificación proyectada considera el aumento de la capacidad de la planta de gasificación y la habilitación de una nueva superficie para la disposición de residuos industriales no peligrosos, en el marco de una planta de valorización y tratamiento de residuos.

IV.        Vida útil del proyecto o actividad
De acuerdo con la estimación contenida en la Declaración de Impacto Ambiental, la vida útil del proyecto estará determinada por la capacidad de la nueva área de disposición de residuos, estimándose en 49 años, o bien hasta alcanzar la cota de coronación de 100 m.s.n.m., conforme al diseño de ingeniería del sitio de disposición.

2.       REPRESENTACIÓN CARTOGRÁFICA EN DATUM WGS84

I.        Localización del proyecto

El proyecto se localiza en la Región de Los Lagos, provincia de Llanquihue, comuna de Maullín, específicamente en el sector El Empalme, al interior del centro de disposición de residuos del mismo nombre, de titularidad de REXIN SpA.

El predio se ubica al costado oriente de la Ruta 5 Sur, con acceso por el camino Salto Grande, km 0,7. El acceso principal al proyecto se realiza desde la Ruta 5 Sur y, complementariamente, desde Calbuco a través de la ruta V-85, continuando por la ruta V-850.

Fuente: Figura 1-1 Ubicación geográfica del proyecto (destacado en rojo), de la DIA

II.        Plano en formato KMZ del proyecto


La información relativa a la ubicación del proyecto se encuentra principalmente en el Capítulo 1 “Descripción del Proyecto”, apartado “Localización del proyecto (a.3, artículo 19 D.S. N° 40/12)”, específicamente en los subapartados “División político-administrativa”, “Representación cartográfica”, “Superficie total del proyecto”, “Vías de acceso” y “Justificación de la localización”.


3.       CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.

I.        Descripción de las partes y obras del proyecto

El proyecto contempla, como componentes principales, el aumento de la capacidad de la planta de gasificación de residuos y la habilitación de una nueva área para la disposición de residuos no valorizables ni gasificables. En términos generales, las partes y obras del proyecto corresponden a:

·         Planta de gasificación WTE, cuya capacidad se incrementa desde 1 ton/hora a 4 ton/hora.

·         Planta de clasificación y recuperación de residuos, orientada a mejorar la segregación y valorización de los residuos ingresados.

·         Nueva área de disposición de residuos, destinada a residuos no valorizables, no gasificables, cenizas y escorias provenientes del proceso de gasificación, además de residuos que eventualmente deban disponerse por contingencias operativas.

·         Estanques de acumulación de agua asociados a la operación del gasificador.

·         Bodegas para sustancias y residuos peligrosos, destinadas al almacenamiento conforme a la normativa aplicable.

·         Desarenadores y obras de manejo de aguas lluvias, destinadas a resguardar la calidad de las aguas superficiales y controlar el arrastre de sólidos.

·         Planta de tratamiento de lixiviados y sistemas asociados, que se integran a la operación del proyecto y aprovechan infraestructura preexistente.

·         Redes de extracción de lixiviados y gases, asociadas a la operación del nuevo sitio de disposición.

·         Obras complementarias y de apoyo, tales como caminos internos, instalaciones administrativas, áreas de mantención, zonas de lavado y otras instalaciones de soporte operacional.

Desde el punto de vista funcional, el proyecto considera el ingreso de residuos, su clasificación, recuperación y valorización, la derivación de la fracción apta a gasificación, y finalmente la disposición de aquellos residuos que no puedan ser valorizados o gasificados, así como de los subproductos resultantes del proceso.

IV.        Eventuales situaciones de riesgo o contingencia que serán abordadas por un plan de

prevención de contingencias y emergencias.

El proyecto contempla un Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, en el cual se abordan, entre otras, las siguientes situaciones de riesgo o contingencia:

Plan de Prevención de Contingencias

·         Riesgo sísmico.

·         Riesgo de precipitaciones extremas.

·         Riesgo de inestabilidad, agrietamientos o derrumbe de taludes.

·         Riesgo de fuga de lixiviados por talud.

·         Riesgo de fuga de biogás.

·         Riesgo de incendio en instalaciones del proyecto.

·         Riesgo de generación de polvo en suspensión.

·         Riesgo de contaminación de aguas subterráneas.

·         Riesgo de derrame de sustancias peligrosas o residuos peligrosos en el suelo.

·         Riesgo de olores molestos.

·         Riesgo por presencia de vectores.

·         Falla del sistema de trituración de residuos.

·         Falla del sistema de tratamiento de lixiviados.

·         Falla del sistema de gasificación.

·         Emisiones no controladas de gas de síntesis.

Plan de Emergencias

·         Ante evento sísmico.

·         Ante evento de precipitaciones extremas.

·         Ante inestabilidad o agrietamiento de taludes.

·         Ante derrumbe.

·         Ante fuga de lixiviado de talud.

·         Ante fuga de biogás.

·         Ante incendio en instalaciones.

·         Ante explosión.

·         Ante derrame en rutas.

·         Ante volcamiento o choque.

·         Ante falla en el sistema de tratamiento de lixiviados.

·         Ante falla en la planta de clasificación.

·         Ante accidentes graves o fatales.

·         Ante caída de trabajador.

·         Ante electrocución o choque eléctrico.

·         Ante accidente por interacción hombre-máquina.

Frente a estas contingencias, la DIA contempla medidas preventivas, protocolos de actuación, registros de control, responsables definidos y acciones correctivas orientadas a resguardar la seguridad de las personas, la continuidad operacional y la protección de los componentes ambientales potencialmente afectados.

Estos apartados se pueden visualizar en las páginas 522 – 725 de la DIA.

Para mayor información respecto de este apartado, ingresar al siguiente link:

https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion.php?modo=ficha&id_expediente=2167253694

V.        Lista de los permisos ambientales sectoriales que requiere el proyecto.

De acuerdo con la DIA, el proyecto considera los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales (PAS):

1.       PAS 119: Permiso para realizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de poblaciones de especies hidrobiológicas.

2.       PAS 139: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros.

3.       PAS 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de plantas de tratamiento de basuras y desperdicios, o para la instalación de lugares destinados a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios.

4.       PAS 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

5.       PAS 149: Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal.

 

VI.        Lista de los compromisos ambientales voluntarios.

La DIA considera diversos compromisos ambientales voluntarios, entre los que destacan los siguientes:

1.       Implementación de desarenador.

2.       Implementación de monitoreo de aguas subsuperficiales.

3.       Realización de un programa de seguimiento ambiental.

4.       Caracterización de cenizas del gasificador.

5.       Plan de gestión de mejora continua.

6.       Arqueología: charlas de inducción previo al inicio de las obras.

7.       Arqueología: supervisión de arqueólogo en fase de limpieza y escarpe de terreno.

8.       Monitoreo de la calidad de las aguas lluvias superficiales en el punto de salida del sistema de drenaje.

9.       Reforestación voluntaria.

10.   Fauna: monitoreo de aves.

11.   Fauna: capacitación permanente.

12.   Monitoreo del nivel estático del acuífero.

Estos compromisos complementan las medidas propias del proyecto y buscan reforzar el control ambiental, el seguimiento de variables sensibles y la gestión preventiva de eventuales impactos.

4.       CONTENIDOS DIA

I.        Determinación y justificación del área de influencia

Capítulo de la DIA: Capítulo 2, “Antecedentes para determinar que el proyecto o actividad no requiere presentar un Estudio de Impacto Ambiental”, apartado “Determinación y Justificación del Área de Influencia”.

En este apartado se analiza, para cada componente ambiental pertinente, el espacio geográfico dentro del cual el proyecto podría generar efectos. Para ello, la DIA parte con la descripción de la modificación del proyecto, identifica los componentes ambientales que podrían verse afectados y justifica técnicamente el área de influencia considerada para la evaluación. Este análisis sirve de base para la posterior identificación y evaluación de impactos ambientales del proyecto.
 

Páginas de referencia: desde la página 175 y siguientes, especialmente páginas 175 a 459.

Para más información respecto de este apartado, ingresar al siguiente enlace:

823_Antecedentes_no_EIA.pdf

II.        Predicción y Evaluación del Impacto Ambiental del Proyecto o Actividad

Capítulo de la DIA: Capítulo 2, “Antecedentes para determinar que el proyecto o actividad no requiere presentar un Estudio de Impacto Ambiental”, incluyendo la descripción de impactos y el análisis de inexistencia de efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

En este capítulo la DIA desarrolla la evaluación ambiental del proyecto, identificando los impactos asociados a sus obras y acciones, describiendo los elementos del medio ambiente potencialmente receptores y analizando la magnitud y significancia de dichos impactos. Sobre esa base, se evalúa si la modificación del proyecto puede generar efectos adversos significativos y se concluye, conforme a los antecedentes técnicos acompañados, que no se configuran impactos de entidad tal que hagan necesaria la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental
Páginas de referencia: especialmente desde la página 228 y, en particular, el apartado “Ausencia de efectos, características o circunstancias que dan origen a la necesidad de presentar un EIA”, desde la página 460 en adelante.
 

Para más información respecto de este apartado, ingresar al siguiente enlace:

823_Antecedentes_no_EIA.pdf

 

III.        Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias asociados a eventuales situaciones

de riesgo o contingencia.

Capítulo de la DIA: Capítulo 1, apartado “Plan de prevención de contingencias y emergencias”.
Páginas de referencia: desde la página 160 en adelante.

En este apartado se describen las medidas preventivas y de respuesta que el titular contempla frente a riesgos naturales, operacionales y accidentes que pudieran ocurrir durante las distintas etapas del proyecto. La DIA distingue entre medidas de prevención de contingencias y acciones específicas de emergencia, abordando materias como sismos, precipitaciones extremas, incendios, fugas, derrames, fallas de sistemas, accidentes de trabajadores y otros eventos que puedan afectar la seguridad de las personas o componentes ambientales.


Para más información respecto de este apartado, ingresar a los siguientes enlaces:

Planes_de_contingencia_y_emergencia.pdf

Anexo_PLAN_DE_CONTINGENCIAS_AREA_GASIFICACION_act_3.pdf

PLAN DE prevención de CONTINGENCIAS y emergencias

IV.      Antecedentes que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o

circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

Capítulo de la DIA: Capítulo 2, apartado “Ausencia de efectos, características o circunstancias que dan origen a la necesidad de presentar un EIA”.


En este capítulo se examinan los seis criterios del artículo 11 de la Ley N° 19.300 y de los artículos 4 al 11 del Reglamento del SEIA, con el objeto de determinar si el proyecto genera efectos adversos significativos que obliguen a evaluarlo mediante un Estudio de Impacto Ambiental. Para ello, la DIA analiza los componentes ambientales susceptibles de afectación y expone los antecedentes técnicos que sustentan que la modificación del proyecto no genera riesgo para la salud de la población, efectos significativos sobre recursos naturales, reasentamiento, alteración de sistemas de vida, afectación de patrimonio cultural ni otros efectos que justifiquen un EIA.

Páginas de referencia: desde la página 460 en adelante. Adicionalmente, existe una síntesis de estos contenidos en la ficha resumen del proyecto desde la página 921.


Para más información respecto de este apartado, ingresar al siguiente enlace:

seia.sea.gob.cl/archivos/2025/12/05/823_Antecedentes_no_EIA.pdf

V. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable (Normas y listado de

permisos sectoriales.

Capítulo de la DIA: Capítulo 3, “Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable”, y Capítulo 4, “Permisos Ambientales Sectoriales”.

En estos capítulos la DIA identifica la normativa ambiental general y específica aplicable al proyecto, indicando su relación con la modificación propuesta y la forma en que el titular dará cumplimiento a cada obligación. Asimismo, se individualizan los permisos ambientales sectoriales requeridos, junto con los antecedentes técnicos y exigencias asociadas a su otorgamiento, permitiendo verificar el marco regulatorio aplicable al proyecto y la manera en que se abordará su cumplimiento durante las distintas fases.


  Páginas de referencia:

·         Capítulo 3: desde la página 483 en adelante.

·         Capítulo 4: desde la página 522 en adelante.

 

Para más información respecto de este apartado, ingresar al siguiente enlace:

Cumplimiento_Legislacio__769_n_Aplicable.pdf

DIA_REXIN_09122025.pdf

 

VI.          Descripción de aquellos compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la

legislación vigente, que el titular del proyecto o actividad contempla realizar.

 

Capítulo de la DIA: Capítulo 7, “Compromisos Ambientales Voluntarios”.
Páginas de referencia: desde la página 844 en adelante.
Complemento en ficha resumen: página 996 y siguientes.


En este capítulo se presentan los compromisos ambientales voluntarios asumidos por el titular como medidas adicionales a las exigencias legales y reglamentarias. La DIA describe su objetivo, justificación, forma de implementación, indicadores de cumplimiento y mecanismos de seguimiento, incorporando compromisos asociados, entre otros, al manejo y monitoreo de aguas, seguimiento ambiental, arqueología, reforestación, fauna y mejora continua de la operación, con el fin de reforzar el control ambiental del proyecto.

Para más información respecto de este apartado, ingresar al siguiente enlace:

cav.pdf

 

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