1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
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I. Nombre del Proyecto |
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PROYECTO INMOBILIARIO DS49 EL CARMEN DE HUECHURABA |
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II. Descripción del Proyecto |
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Se desarrollará en un terreno neto de 40.270,15 m2 e incluye 38.472,00 m2 edificados. Adicionalmente, contempla 11.469,02m2 de área afecta a utilidad pública, los cuales comprenden la apertura de la Calle Caciques Chilenos y ensanche por Calle El Carmen de Huechuraba, así como el ensanche por Av. El Guanaco según establece el PRC (Ver CIP en el Anexo N°2. Documentos de la DIA). Finalmente, se tiene una Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado otorgada por la Empresa Aguas Andinas S.A, según se detalla en el Certificado de Factibilidad N°002301 del 26-03-2025 en el Anexo N°2. Documentos de la DIA. |
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III. Tipología del proyecto o actividad |
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El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y, el artículo 3º del D.S. 40/2012, referido al Reglamento del SEIA, que dispone en dicha norma, lo siguiente: ““h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales El Proyecto ejecuta la apertura de la Av. El Carmen de Huechuraba y Av. El Guanaco, las que corresponden a vías troncales. h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. El Proyecto realizará la apertura de la Calle Caciques Chilenos y ensanche por Calle El Carmen de Huechuraba, y por Av. El Guanaco, incorporándolas al dominio nacional de uso público. El conjunto inmobiliario contempla un total de 564 viviendas, con lo cual se superan las 300 viviendas. Adicionalmente, el Proyecto se ubicará en la Región Metropolitana, la cual se encuentra declarada como zona saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno. En consecuencia, el Proyecto se inserta en un área que se encuentra bajo el régimen de gestión ambiental establecido en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y la Ley N° 20.417, debiendo considerar en su diseño y ejecución las disposiciones asociadas a las zonas saturadas y al futuro Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) correspondiente. |
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IV. Vida útil del proyecto o actividad |
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La vida útil para el Proyecto, de acuerdo con su tipología, es indefinida. |
2. REPRESENTACIÓN CARTOGRÁFICA EN DATUM WGS84
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I. Localización del proyecto |
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El Proyecto se localiza en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, comuna de Huechuraba; específicamente en Calle Guanaco 7188. Se localiza dentro de la zona urbana de la comuna. El área o zona en la que se emplaza el Proyecto es un área denominada “Zona ZH10” correspondiente a Residencial (Altura Media) y ZH3 Zona Residencial (Santa Rosa de Huechuraba - Santa Clara) de acuerdo con el Plan Regulado Comunal, que permite uso: residencial (vivienda, hospedaje); equipamiento (comercio, culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad, servicios, social) y área verde.
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II. Plano del proyecto |
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A continuación, se presentan figuras de los planos del proyecto tanto para su fase de construcción como para su fase de operación.
Los planos de las obras permanentes y temporales del proyecto en formato pdf se pueden revisar en link, específicamente en el Anexo N°3 Planos. |
3. CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROYECTOS O ACTIVIDAD.
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I. Descripción de las partes y obras del proyecto |
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A continuación, se presentan la partes y obras que componen al proyecto, en su fase de construcción y fase de operación. · Partes y Obras que componen el Proyecto – Fase de Construcción
· Partes y obras que componen el Proyecto – Fase de Operación Edificaciones: El Proyecto corresponde a la construcción y operación de un proyecto con destino habitacional enmarcado en el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda DS49 e incluido en el plan de emergencia habitacional, contempla la construcción de 12 torres residenciales de entre 4 y 6 pisos de altura, además de 5 locales comerciales. Incorpora un total de 566 viviendas, además de una dotación de 562 estacionamientos de vehículos con destino residencial distribuidos en superficie y 328 estacionamientos de bicicletas con destino residencial. Estacionamientos: En cuanto a la cantidad de estacionamientos del Proyecto, se aclara que contempla un total de 562 estacionamientos, 10 de ellos son estacionamientos para personas con movilidad reducida y 85 estacionamientos para visitas. Sala de Basuras: Para los residuos sólidos domiciliarios se ha establecido un sistema de recolección que conduce hacia diferentes salas de basuras ubicadas en el primer piso de cada edificio. Existe un total de 12 salas de basuras para la totalidad de los edificios del Proyecto. De acuerdo con lo anterior, se estima que generarán un total de 9.024 L/día de residuos sólidos sumado todo el proyecto. Edificación con destino equipamiento: El Proyecto contempla la construcción de 5 locales comerciales. Lotes: El Proyecto se emplazará en un terreno bruto de 51.739,17 m2. contempla 11.469,02 m2 de área afecta a utilidad pública, los cuales comprenden la apertura de la Calle Caciques Chilenos y ensanche por Calle El Carmen de Huechuraba, así como el ensanche por Av. El Guanaco según establece el PRC (Ver CIP en el Anexo N°2. Documentos de la DIA). Vialidad interna: La vialidad interna corresponde a los caminos que se emplazan al interior del proyecto para uso de tránsito vehicular de los residentes, considerando el acceso a viviendas y estacionamientos. Vialidad externa: Si bien el Proyecto no contempla construcción de vialidad fuera de los limites prediales, debe realizar la apertura de la Calle Caciques Chilenos y ensanche por Calle El Carmen de Huechuraba, así como el ensanche por Av. El Guanaco, que es en área afecta a utilidad pública. Infraestructura de agua potable y Alcantarillado: El sistema de abastecimiento de agua potable será mediante estanques de acumulación, desde donde se distribuirá el agua mediante electrobombas de agua potable a los diferentes departamentos. Los estanques estarán conectados a la red pública. Para el alcantarillado, las instalaciones interiores de alcantarillado se ejecutarán en tuberías de PVC rígidos según norma. Las uniones y accesorios deberán también cumplir con esta norma. Los diámetros serán los establecidos por los planos del proyecto de la especialidad, de acuerdo con el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarilladlo del Anexo N°2 de la DIA.
El detalle de las partes y obras del proyecto se pueden revisar a través del siguiente link: |
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II. Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley |
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Artículo 5.- Riesgo para la salud de la población a) La incorporación del Proyecto no generará un impacto significativo a la salud de las personas, dado que se ajusta a la normativa ambiental. Considerando que supera los límites establecidos por el PPDA en el año 1 de la fase de construcción deberá compensar sus emisiones (Para más detalle revisar Estudio de Emisiones Atmosféricas en el Anexo N°4. Estudios de Especialidad de la DIA). De esta manera, se descarta un riesgo a la salud de la población por la ejecución del proyecto. b) El Proyecto tiene asociada la emisión de Ruido y Vibraciones (Para más detalle revisar Estudio de Ruido y Vibraciones en el Anexo N°4. Estudios de Especialidad de la DIA), de acuerdo con los antecedentes presentados en este estudio y los resultados obtenidos, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables y considerando las medidas de control incorporadas en el diseño del Proyecto, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y, por lo tanto, no generan riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en el Artículo 5 del Reglamento del SEIA (D.S Nº 30/2023 del MMA). c) En relación con la componente atmosférica, se puede indicar que el Proyecto de acuerdo con las emisiones emanadas durante la etapa de construcción, poseen una duración limitada en el tiempo y, según los valores presentados, no alcanzan niveles significativos de concentración de contaminantes. Es importante recordar que la región Metropolitana, se encuentra declarada como zona saturada por material particulado saturada por material particulado respirable (MP10), partículas totales en suspensión (PTS), monóxido de carbono (CO) y ozono (O3) y zona latente por dióxido de nitrógeno (NOx), mediante DS N° 131/1996 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y DS 67/2014 del Ministerio del Medio Ambiente. Respecto de las áreas de protección, no se verifica la existencia de zonas o elementos naturales protegidos por el ordenamiento jurídico vigente. De acuerdo con lo anterior, se descarta por tanto el impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales del área. d) Se justifica a partir del manejo dado a los distintos tipos de residuos según lo establecido en la normativa vigente, siendo trasladados de manera adecuada a los lugares debidamente autorizados. Los residuos considerados para ambas fases del proyecto son: Residuos líquidos industriales y domésticos, residuos sólidos domiciliarios, excedentes de tierra, escombros y residuos peligrosos. Artículo 6.- Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables a) Es preciso aclarar que la localización y características del Proyecto, guardan plena coincidencia con los instrumentos de planificación territorial aplicables. Este terreno está emplazado dentro de la trama urbana del sector oriente de la comuna de Huechuraba, de acuerdo con el Plan Regulador Comunal de Huechuraba, el área o zona en la que se emplaza el Proyecto es un área denominada “Zona ZH10” correspondiente a Residencial (Altura Media) y ZH3 Zona Residencial (Santa Rosa de Huechuraba - Santa Clara), según consta en el Certificado de Informaciones Previas presentado en el Anexo N°2. Documentos de esta DIA. El Proyecto contempla un Estudio de Mecánica de Suelo (Anexo N°4. Estudios de Especialidad), el cual tiene como base el conocimiento global de los suelos de la zona, características y antecedentes del Proyecto, además de la exploración geotécnica. Su objetivo es cuantificar las propiedades geomecánicas del suelo, tales como capacidad de soporte, constantes de reacción, y clasificación sísmica del terreno. Además, a partir de los parámetros obtenidos, se elaboran recomendaciones para definir sistemas de fundaciones, procedimientos para excavaciones y las recomendaciones y especificaciones técnicas para el correcto diseño, construcción y control de las obras. De forma complementaria, la información disponible en el Sistema de Monitoreo de Ecosistemas Forestales Nativos de Chile asociada a la Capacidad de Uso de los Suelos (CIREN), la zona donde se emplaza el Proyecto corresponde a usos de suelos no clasificados para cultivos. Se concluye que el desarrollo del Proyecto no genera una pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad, debido a que el sector en el cual se localiza corresponde a una zona totalmente intervenida, ver en Anexo N°6. Fotografías Actuales del Sector de la DIA. b) El desarrollo del Proyecto no presenta evidencia de la presencia de algas, hongos y/o animales silvestres, debido a que el sector en el cual se localiza corresponde a una zona totalmente intervenida ver punto B.1.2. De acuerdo con las exploraciones de terreno, es posible determinar que el Proyecto no afectará significativamente la flora silvestre en alguna categoría de protección oficial en el área de influencia. De las especies de flora identificadas, el 93,75 % corresponde a especies introducidas y 6,25 % a especies nativas, no se registran especies endémicas. En el Área de Influencia del Proyecto no existen formaciones Xerofíticas, sujetas a Plan de Trabajo para Cortar, Descepar y/o Intervenir Formaciones Xerofíticas (PAS N°151) ni bosque nativo sujeto a Permiso de Corta de Bosque Nativo (PAS N°148). Se registra un total de 13 especies de fauna, de ellas el 35,7 % corresponde a especies introducidas y el 64,3 % a especies nativas. En relación con la identificación de la especie Liolaemus lemniscata, se indica que esta es una especie de baja movilidad y en categoría de conservación como “Preocupación Menor” (LC) por lo que se considera un Plan de Perturbación Controlada. No se registra en el Área de Proyectos sectores que puedan ser ambientes aptos para constituir hábitat para anfibios. De acuerdo con las exploraciones de terreno, es posible determinar que el Proyecto no afectará significativamente la fauna silvestre en alguna categoría de protección oficial en el área de influencia. En conclusión, de acuerdo con las exploraciones de terreno, es posible determinar que el Proyecto no afectará significativamente la fauna silvestre en alguna categoría de protección oficial en el área de influencia. Por lo anterior, no se generarán efectos adversos significativos a una superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada. c) Respecto al componente aire, en el Estudio de Emisiones Atmosféricas (Anexo N°4. Estudios de Especialidad) se indica que, de acuerdo con lo expuesto, y atendido las estimaciones de emisiones anuales de los contaminantes que emitirá el Proyecto, en relación con las emisiones emanadas durante la etapa de construcción, estas poseen una duración limitada en el tiempo y, según los valores presentados, no alcanzan niveles significativos de concentración de contaminantes. Es importante recordar que la región Metropolitana, se encuentra declarada como zona saturada por material particulado saturada por material particulado respirable (MP10), partículas totales en suspensión (PTS), monóxido de carbono (CO) y ozono (O3) y zona latente por dióxido de nitrógeno (NOx), mediante DS N° 131/1996 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y DS 67/2014 del Ministerio del Medio Ambiente. Respecto a los residuos sólidos generados, el Titular habilitará las instalaciones adecuadas en las distintas fases del proyecto, para efectuar el almacenamiento transitorio de estos residuos, además de contratar a empresas especializadas y debidamente autorizadas para que efectúe el retiro, traslado y disposición final. El proyecto cuenta con factibilidad de Agua potable y Alcantarillado, mediante certificado, adjunto en el Anexo Nº2. Documentos. Por otra parte, cabe destacar, que el suministro de agua se obtendrá íntegramente desde la red pública. De acuerdo con el Estudio de Mecánica de Suelos del Anexo N°4 de la DIA, no se registró en el sector de emplazamiento del Proyecto presencia de napa, siendo la profundidad máxima del pozo de 30 m. En línea con lo anterior y tal como se detalla en el apartado B.1.1.4 de la DIA, las partes y obras del Proyecto no se encuentran próximas a ningún cauce natural o artificial. Por lo anterior, el Proyecto su magnitud y duración, no supone una alteración significativa para el suelo, agua y aire. d) A partir de los niveles de concentración contenidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes en Chile, conforme su ámbito de aplicación es posible indicar que dichas normas no aplican a las actividades del Proyecto, atendida su naturaleza y ubicación. Además, las emisiones, efluentes y residuos, no superarán los valores de las concentraciones a que dichas normas se refieren. e) A partir de las fuentes de ruido proyectadas para la fase de construcción y operación del Proyecto, y en función de su evaluación frente a receptores cercanos y sensibles al ruido, se implementarán barreras acústicas, cierres de vanos, restricción de frente de trabajo y medidas de gestión. Por lo anterior se dará cumplimiento al límite máximo establecido por el D.S. 38/2011. Para mayor detalle revisar Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N°4. Estudios de Especialidad. f) Se aclara que durante la fase de construcción se utilizarán sustancias químicas, como pinturas, aceites, solventes, las cuales serán almacenadas en una bodega común y se dará cumplimiento a lo indicado en la norma D.S. N°43/2015 del MINSAL o aquella que la reemplace. Respecto a los residuos peligrosos que se generarán en la fase de construcción, serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, cuyas características constructivas se indican en el Permiso Ambiental Sectorial 142 del RSEIA. En este sentido, no se generarán impactos adversos significativos que puedan afectar los recursos naturales renovables. g) No se utilizarán ni alterarán aguas subterráneas ya que el proyecto se conectará a la red local de suministro de agua potable y residuales a cargo de la empresa Aguas Andinas (Ver factibilidad en Anexo N°2. Documentos), la cual es responsable de la gestión del recurso hídrico. Con respecto a las aguas lluvias del proyecto, como solución general para el transporte de la escorrentía de las aguas lluvias, se propone que todas las aguas sean conducidas mediante canaletas hasta las cámaras decantadoras y drenes absorbentes. Dado lo anterior, la solución no supone una recarga del acuífero, por lo que se descarta afectación a las aguas subterráneas. Para más detalle ver Proyecto de Aguas Lluvias del Anexo Nº3. Planos. No se utilizarán ni alterarán cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles dado que el proyecto se conectará a la red local de suministro de agua potable y residuales a cargo de la empresa Aguas Andinas (Ver factibilidad en Anexo N°2. Documentos), la cual es responsable de la gestión del recurso hídrico. El Proyecto no se encuentran en o cercanos a Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. De acuerdo con el Estudio de Mecánica de Suelos del Anexo N°4 de la DIA, no se registró en el sector de emplazamiento del Proyecto presencia de napa, siendo la profundidad máxima de los pozos de 30 m. El Proyecto no se encuentran en o cercanos a Vegas y Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El Proyecto no se encuentra, en ni está cercano a un glaciar susceptible de modificarse. h) No aplica. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. i) El Proyecto se emplaza un área definida para la expansión urbana. Es preciso señalar que los ecosistemas urbanos pueden ver reducida su resiliencia producto de los riesgos climáticos del sector. En el caso particular donde se emplazará el Proyecto se han identificado diferentes riesgos climáticos como Seguridad hídrica doméstica urbana, Efectos de la Isla de Calor Urbana, Inundaciones en Zonas Urbanas, entre otros (los cuales se detallado en el apartado A.3.5 de la DIA), que suponen una amenaza para el entorno urbano donde se inserta. De acuerdo con lo anterior, se hace necesario que el Proyecto integre una serie de medidas que contribuyen a mejorar la resiliencia de la ciudad, considerando elementos estratégicos para eventuales contingencias de origen naturales. Ante esto, se consideran las siguientes medidas:
Por lo anterior, se concluye que el proyecto no genera impactos asociados a pérdida de resiliencia climática, al contemplar medidas que ayudan a la adaptación. Artículo 7.- Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
a) Se espera que el Proyecto no genere una intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. b) Tanto para la Fase de Construcción y Operación, respecto a la componente vehicular, se ha realizado un análisis que permite estimar y comparar las capacidades flujos proyectados, así como los tiempos de desplazamientos, por las rutas más probables de circulación de vehículos, en el cual tuvo como principal resultado que con la incorporación del Proyecto no se generará una alteración significativa sobre los tiempos de desplazamiento (Para más detalle revisar Estudio de Movilidad en el Anexo N°4. Estudios de Especialidad de la DIA). c) Es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Para la justificación de la fase de operación, se han realizado tres análisis. El primero corresponde a un análisis de acceso a la salud pública. El segundo, corresponde a un análisis de acceso a establecimientos educacionales y finalmente, un análisis del comercio presente en el Área de Influencia. Se concluye que el Proyecto no genera una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica (Para más detalle revisar Apartado B.9.3 de la DIA). d) En ninguna de las dimensiones abordadas en la caracterización de la población del Área de Influencia se evidencia un impacto significativo que origine pérdida o modificación de rasgos de la identidad local y una pérdida de sentimiento de arraigo o apego al territorio. (Para más detalle revisar Estudio de Medio Humano en el Anexo N°4. Estudios de Especialidad de la DIA y revisar Apartado B.9.3 de la DIA).
Artículo 8.- Localización y valor ambiental del territorio - No existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zonas con valor ambiental próximas al Proyecto. - Se tiene que para la comuna de Huechuraba existen 2 Asociaciones Indígenas, de las cuales ninguna se encuentra dentro del Área de Influencia. - El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio.
Artículo 9.- Valor paisajístico o turístico a) y b) Según la información presente y analizada, es posible concluir que el Proyecto no generará impactos significativos en el paisaje de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/12), ya que el emplazamiento de éste se ubicará en una zona que ya se encuentra considerablemente edificada e intervenida. c) En resumen, al aplicar la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental: Valor Turístico en el SEIA (SEA, 2017), se evaluó la información relacionada con el valor turístico, confirmando que el Proyecto no se encuentra en una Zona de Interés Turístico (ZOIT) y que el Área de Influencia no coincide con el flujo de turistas considerable. Por lo tanto, las actividades del Proyecto no tendrán un impacto en el turismo local.
Artículo 10.- Alteración del patrimonio cultural. a) El Proyecto no remueve, destruye, deteriora, interviene o se modifica en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288 ya que el área de emplazamiento del Proyecto no presenta resultados positivos en cuanto a la identificación en superficie de bienes patrimoniales ni arqueológicos. (Ver Informe de Arqueología y Patrimonio del Anexo N°4. Estudios de Especialidad de la DIA). b) De acuerdo con los resultados alcanzados, que podemos sintetizar, como de no presencia de monumentos nacionales en el área de emplazamiento del proyecto, se estima que el proyecto no alterara este tipo de componente, pudiendo así ingresar al SEIA como una DIA. Además, cabe destacar que la inspección patrimonial, demuestran que la zona a emplazar el proyecto, no evidencio presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. - El Proyecto no afecta a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. (Ver Informe de Arqueología y Patrimonio del Anexo N°4. Estudios de Especialidad de la DIA. La predicción y evaluación del impacto ambiental del proyecto se presenta en el capítulo 2 de la DIA “ANTECEDENTES QUE JUSTIFIQUEN LA INEXISTENCIA DE AQUELLOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY QUE PUEDEN DAR ORIGEN A LA NECESIDAD DE EFECTUAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL”. Se puede acceder a través del siguiente link: |
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III. Plan de prevención de contingencias y de emergencias |
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• Fase de Construcción - Sismos - Ocurrencia de anegamiento por aguas lluvias. - Granizadas Excesivas - Contaminación del suelo por derrame de insumos, contenido de baños químicos o combustibles de maquinaria y vehículos. - Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios / Fase de Construcción - Proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores/ Fase de construcción - Incendio de residuos o materiales en la instalación de faena - Derrame de sustancias o residuos peligrosos dentro del predio en donde se llevará a cabo la construcción del proyecto - Derrames y/o accidentes de tránsito dentro y fuera de la instalación de faena / Fase de Construcción - Cortes de suministro de servicios básicos - Accidente Recursos Hídricos. - Afloramientos de napas colgadas. - Seguridad Hídrica doméstica urbana - Olas de Calor · Fase de Operación - Ocurrencia de anegamiento por aguas lluvias. - Granizadas - Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios - Proliferación de vectores de interés sanitario y generación de malos olores - Incendio. - Explosiones - Cortes de suministro de servicios básicos - Intoxicaciones por inhalación de gas El detalle de los siguientes se puede revisar accediendo al siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/01/29/59c_Anexo_N_5_Plan_de_Contingencias_y_Emergencias.pdf |
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IV. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes |
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El detalle de los planes de seguimiento de las variables ambientales relevantes se puede revisar en el siguiente link: |
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V. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable |
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El plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable se describe con detalle en el siguiente link:
Los antecedentes técnicos de cada permiso ambiental sectorial aplicable al proyecto se adjuntan en el siguiente link: |
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VI. Compromisos ambientales voluntarios |
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El detalle de los Compromisos ambientales voluntarios se puede revisar en el siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/01/29/Compromisos_ambientales_voluntarios.pdf |
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VII. Descripción de los monitoreos participativos |
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El detalle de los monitoreos participativos se puede revisar en el siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/01/29/Monitoreos_participativos.pdf |
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VIII. Ficha resumen para cada fase del proyecto o actividad |
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La ficha resumen del proyecto se puede revisar accediendo al siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2026/01/29/91_Ficha_Resumen.pdf |
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[1] Las características indicadas de la bodega SUSPEL son orientativas. El diseño final dependerá del proveedor escogido, pero se garantizará el cumplimiento del D.S. N°43/15.



