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Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas (PCPI)

Es un proceso de diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas, que tiene como objetivo llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos directamente. En el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la medida administrativa susceptible de afectarlos es la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de un proyecto que genere o presente alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Esto implica el diseño y desarrollo de un proceso de Consulta de buena fe, que permita proveer de información a los pueblos indígenas sobre las materias susceptibles de afectarles directamente, para que en un proceso de diálogo se busquen acuerdos de forma tal que los pueblos indígenas puedan influir en la misma. No obstante, el no alcanzar dichos acuerdos no implicará la afectación del derecho a la Consulta.

Este procedimiento se origina en la aplicación de las disposiciones del Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado de Chile y en Vigencia desde el año 2009.

 

Procedencia de la consulta a pueblos indígenas en el SEIA